Bases de Participación - Concurso Sendero Homologado

CONCURSO SENDERO HOMOLOGADO 2025 | FEMECV

CONTEXTO


En el marco del convenio de colaboración entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) y la Federación de Deportes de Montaña y Escalada de la Comunitat Valenciana (FEMECV), una de las líneas prioritarias de actuación es impulsar y poner en valor los senderos homologados —GR®, PR® y SL®— como una oferta deportiva y turística de calidad dentro del ámbito local.

Estos senderos se reconocen no solo como infraestructuras deportivas, sino también como recursos clave para la valorización del patrimonio natural, histórico y cultural de los municipios de la Comunitat Valenciana.

Con el objetivo de fomentar su uso, promover su conservación y dar visibilidad al trabajo de las entidades promotoras, la FVMP y la FEMECV convocan:

  • Concurso al “Sendero Homologado del Año 2025” de la Comunitat Valenciana, y el
  • Concurso al “Sendero Homologado del Año 2025 en municipios en riesgo de despoblación.”

Ambos galardones pretenden reconocer el esfuerzo en el mantenimiento, la mejora continua y la buena señalización de estos itinerarios, así como estimular la implicación de los clubes y ayuntamientos en su promoción y conservación.

 

BASES


Primera: Los distintos promotores de las administraciones locales (ayuntamientos, mancomunidades, etc.) y los clubs promotores de senderos homologados adheridos a la FEMECV podrán presentar antes del 15 de octubre de 2025 la propuesta de hasta un máximo de dos senderos.

No podrán optar al reconocimiento aquellos senderos que hayan resultado ganadores en ediciones anteriores en cualquiera de las dos modalidades.
 

Segunda: Las propuestas han de tener las siguientes características:

  • Ser senderos homologados por la FEMECV (PR® y/o SL® completo y/o una etapa de GR®)
  • Han de estar en vigor o con el último control de calidad positivo, según el registro de senderos homologados de la Comunitat Valenciana (https://senders.femecv.com/).
     

Tercera. Para optar al concurso se ha de entregar la siguiente documentación de cada propuesta, cumplimentando para ello un formulario online en el que aparecerán los siguientes apartados: 

  1. Entidad que presenta la candidatura.
  2. Identificación del promotor del sendero y, en caso de ser distinto, del ente encargado del mantenimiento.
  3. Enlace a la web donde se publicita el sendero
  4. Aportación del folleto y/o topo guía, digitalizada, donde se desarrolla la información del sendero, o enlace al espacio web donde se aloja.
  5. Fotografías del sendero, de los paisajes y/o elementos más significativos de la ruta, indicando qué son, sobre todo los asociados a aquellos con etiquetas de “Senderos con interés histórico-artístico, con interés medioambiental y/o con interés geológico”.
  6. Informe puntos a valorar según base cuarta.

 

Cuarta. Los criterios que se valorarán serán los siguientes:

  1. Existencia de un vídeo o de algún soporte audiovisual de promoción del sendero (máximo 15 minutos).
  2. Que el sendero se encuentre en municipios en riesgo de despoblación.
  3. Que el sendero transcurra por algún Espacio Natural Protegido o aproveche en parte vías pecuarias clasificadas.
  4. Existencia de transporte público (tren, bus. etc.) al punto de inicio y/o de final
  5. Número de etiquetas de interés que tiene el sendero en la web FEMECV (histórico-artístico, geológico, medioambiental, etc.)
  6. Existencia de tramos para el senderismo adaptado (rutas inclusivas para personas con discapacidad).
  7. Existencia de acciones y/o actividades desarrolladas en torno al sendero y orientadas a la protección del medio ambiente, fauna y flora, la conservación del paisaje y ecosistemas forestales, recuperación y puesta en valor de la biodiversidad.
  8. El tipo de firme predominante que tenga el sendero (sendero, camino, pista, etc.)
  9. Información en las publicaciones y/o en los soportes electrónicos de elementos de interés, explicaciones del interés histórico, geológico, etc. de la zona donde se transitan
  10. Existencia de acciones y actividades de protección del patrimonio cultural e histórico asociado al sendero o cercano como elementos de interés al senderista.
  11. Valoración de los servicios que ofrece el sendero (agua, alimentación, transporte, pernocta, áreas recreativas, miradores, zonas de acampada, etc.) Posibilidad de contratar transporte tipo taxi-rural para aquellos senderos lineales, etc.
  12. Facilidad de estacionamiento y de acceso a los puntos de inicio y final, para vehículos convencionales.
  13. Elementos de seguridad, pasarelas, pasamanos, escaleras) así como cartelería que informe los riesgos y medidas de prevención y seguridad para el senderista
  14. Información y recursos en la ruta que informen sobre el senderismo como habito de vida saludable, así como actividades o equipamientos asociados a deporte y salud entre los diferentes sectores de la población.
     

Para la correcta valoración de estos criterios, el promotor deberá presentar un escrito con la información de cada uno de los puntos si tuviera algún elemento a valorar por la Comisión de selección.
 

Sexta: Durante el mes de octubre, las propuestas presentadas serán analizadas por una Comisión de Valoración designada al efecto por la FEMECV y la FVMP.
 

Séptima: La Comisión de Valoración podrá requerir la aportación de datos o informes complementarios, y si lo estima conveniente o necesario, inspeccionar “in situ” alguno o algunos de los senderos presentados, a fin de conocer con mayor detalle sus características y méritos.
 

Octava: De entre la totalidad de las propuestas presentadas, la Comisión de Valoración nominará como finalistas hasta un máximo de 5 senderos para someter a votación general la elección final del sendero premiado. 

Además, a 15 de octubre, el sendero que cumpla con los requisitos de la base segunda y que mayor número de estrellas (y votos en caso de empate) de valoración tenga en su ficha web también será finalista, invitando al promotor a presentar la documentación pertinente. 
 

Novena: Los senderos finalistas formarán parte de una campaña de difusión a través de los canales digitales y redes sociales de la FEMECV y la FVMP.

Como parte del proceso de elección, se habilitará una votación pública y abierta al conjunto de la ciudadanía, que se desarrollará durante el mes de octubre mediante una plataforma de votación online.

Cualquier persona interesada podrá participar en la votación, contribuyendo así a la elección del sendero ganador.
 

Décima: A tenor del resultado final de la votación pública, la Comisión mixta de la FEMECV y la FVMP proclamará los dos senderos ganadores en el mes de octubre, a los que se le otorgará un premio o galardón en la Gala FEMECV que tendrá lugar el 30 de enero de 2026 en València.

Los ganadores serán también premiados en las jornadas organizadas por la FVMP con la colaboración de la FEMECV. 
 

Undécima: El sendero ganador podrá usar el logo de “Mejor Sendero Homologado FEMECV/FVMP” del año del concurso en los sistemas de divulgación propios. Este será proporcionado por la FEMECV.
 

Decimosegunda: El sendero ganador podrá optar al certamen de Mejor Sendero Homologado de España que organiza todos los años la FEDME.
 

Decimotercera: La FEMECV y la FVMP gestionarán las acciones necesarias para que el certamen cuente con cobertura en medios de comunicación —prensa escrita, revistas especializadas, emisoras de radio, televisión y redes sociales—.

El objetivo es facilitar un seguimiento público del concurso, al tiempo que se promueven los valores del senderismo y se pone en valor la labor de ambas entidades en favor del deporte en la naturaleza, la salud y la protección del medio ambiente.

Además, esta difusión contribuirá a dar a conocer a la ciudadanía los senderos seleccionados como los más destacados de la Comunitat Valenciana.
 

Decimocuarta: Corresponde a la Comisión mixta la interpretación, puntualización o aclaración de las bases de la presente convocatoria, y las decisiones que correspondan a imprevistos, siempre que no alteren su espíritu, esencia y contenido.
 

Decimoquinta: El premio podrá declararse desierto si no hubiera senderos con la suficiente calidad para recibir este reconocimiento.